ARCA lanza plan de pagos para MiPyMEs y monotributistas: RG 5875, adhesion hasta el 30 de octubre

ARCA lanza plan de pagos para MiPyMEs y monotributistas: RG 5875, adhesion hasta el 30 de octubre

Resumen ejecutivo

Por la Resolución General 5875/2026, publicada en el Boletín Oficial el 14 de julio, ARCA habilitó un régimen especial de facilidades de pago para MiPyMEs, monotributistas y entidades sin fines de lucro. Permite regularizar deudas impositivas, aduaneras, previsionales y de recursos de la seguridad social —con multas e intereses— vencidas al 30 de junio de 2026. La adhesión está abierta hasta el 30 de octubre de 2026 y se hace con Clave Fiscal desde el portal de ARCA.

Qué deudas abarca el régimen

El plan alcanza a las obligaciones vencidas al 30 de junio de 2026, inclusive, de tres grandes familias:

  • Impositivas y aduaneras: impuestos nacionales, regímenes aduaneros y sus accesorios.
  • Previsionales: aportes y contribuciones de la seguridad social.
  • Recursos de la seguridad social: incluyendo los destinos específicos de los subsistemas de salud y obra social.

Las multas e intereses asociados a esas obligaciones también quedan comprendidos, lo que convierte al régimen en una herramienta de saneamiento integral para contribuyentes con pasivos acumulados.

A quién está dirigido

DestinatarioCondición
MiPyMEsCon categorización vigente ante el Ministerio de Economía
Pequeños contribuyentesMonotributistas en cualquiera de sus categorías
Entidades sin fines de lucroAsociaciones civiles, fundaciones y similares

Es una combinación inusualmente amplia: la mayoría de los planes de pagos anteriores segmentaba por tipo de deuda o por tamaño de contribuyente, mientras que esta resolución acumula ambos beneficios para el universo PyME.

Cómo se adhiere

La adhesión se realiza de forma íntegra digital: ingresando al portal de ARCA con Clave Fiscal, seleccionando las obligaciones a incluir y consolidando el plan según las condiciones de cuotas y tasa que fija la norma. Como siempre en estos regímenes, el primer paso práctico es el levantamiento de deuda: verificar saldos impagos, intereses resarcitorios/punitorios y eventuales multas firmes o susceptibles de inclusión.

La ventana de adhesión cierra el 30 de octubre de 2026: los estudios con cartera PyME tienen poco más de dos meses para detectar clientes con pasivos y armar la estrategia de regularización.

Qué significa esto para tu estudio

  • Cartera PyME: es el momento de contactar activamente a los clientes con atrasos previsionales o impositivos — el régimen permite cerrar pasivos viejos antes de que avale una fiscalización.
  • Monotributistas: verificá si el plan alcanza la deuda por la que algún cliente fue excluido del padrón; regularizar puede rehabilitar la categoría y la facturación.
  • Entidades sin fines de lucro: las ONG con deudas de aportes tienen una salida poco frecuente — revisá los balances pendientes de regularización.
  • Proceso interno: armá un checklist de documentación (certificado MiPyME vigente, detalle de deuda, VEP de consolidación) para procesar adhesiones en serie antes de octubre.

Datos clave del régimen

ConceptoDetalle
NormaResolución General 5875/2026 (ARCA)
PublicaciónBoletín Oficial, 14 de julio de 2026
Deudas comprendidasVencidas al 30/06/2026, inclusive
Fecha límite de adhesión30 de octubre de 2026
Vía de adhesiónPortal ARCA con Clave Fiscal

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Fuente original: Boletín Oficial / CPCE Córdoba · Publicado el 18 de agosto de 2026 por el equipo editorial de ContadoresYa.
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