ARCA lanza plan de pagos para MiPyMEs y monotributistas: RG 5875, adhesion hasta el 30 de octubre
Resumen ejecutivo
Por la Resolución General 5875/2026, publicada en el Boletín Oficial el 14 de julio, ARCA habilitó un régimen especial de facilidades de pago para MiPyMEs, monotributistas y entidades sin fines de lucro. Permite regularizar deudas impositivas, aduaneras, previsionales y de recursos de la seguridad social —con multas e intereses— vencidas al 30 de junio de 2026. La adhesión está abierta hasta el 30 de octubre de 2026 y se hace con Clave Fiscal desde el portal de ARCA.
Qué deudas abarca el régimen
El plan alcanza a las obligaciones vencidas al 30 de junio de 2026, inclusive, de tres grandes familias:
- Impositivas y aduaneras: impuestos nacionales, regímenes aduaneros y sus accesorios.
- Previsionales: aportes y contribuciones de la seguridad social.
- Recursos de la seguridad social: incluyendo los destinos específicos de los subsistemas de salud y obra social.
Las multas e intereses asociados a esas obligaciones también quedan comprendidos, lo que convierte al régimen en una herramienta de saneamiento integral para contribuyentes con pasivos acumulados.
A quién está dirigido
| Destinatario | Condición |
|---|---|
| MiPyMEs | Con categorización vigente ante el Ministerio de Economía |
| Pequeños contribuyentes | Monotributistas en cualquiera de sus categorías |
| Entidades sin fines de lucro | Asociaciones civiles, fundaciones y similares |
Es una combinación inusualmente amplia: la mayoría de los planes de pagos anteriores segmentaba por tipo de deuda o por tamaño de contribuyente, mientras que esta resolución acumula ambos beneficios para el universo PyME.
Cómo se adhiere
La adhesión se realiza de forma íntegra digital: ingresando al portal de ARCA con Clave Fiscal, seleccionando las obligaciones a incluir y consolidando el plan según las condiciones de cuotas y tasa que fija la norma. Como siempre en estos regímenes, el primer paso práctico es el levantamiento de deuda: verificar saldos impagos, intereses resarcitorios/punitorios y eventuales multas firmes o susceptibles de inclusión.
La ventana de adhesión cierra el 30 de octubre de 2026: los estudios con cartera PyME tienen poco más de dos meses para detectar clientes con pasivos y armar la estrategia de regularización.
Qué significa esto para tu estudio
- Cartera PyME: es el momento de contactar activamente a los clientes con atrasos previsionales o impositivos — el régimen permite cerrar pasivos viejos antes de que avale una fiscalización.
- Monotributistas: verificá si el plan alcanza la deuda por la que algún cliente fue excluido del padrón; regularizar puede rehabilitar la categoría y la facturación.
- Entidades sin fines de lucro: las ONG con deudas de aportes tienen una salida poco frecuente — revisá los balances pendientes de regularización.
- Proceso interno: armá un checklist de documentación (certificado MiPyME vigente, detalle de deuda, VEP de consolidación) para procesar adhesiones en serie antes de octubre.
Datos clave del régimen
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Norma | Resolución General 5875/2026 (ARCA) |
| Publicación | Boletín Oficial, 14 de julio de 2026 |
| Deudas comprendidas | Vencidas al 30/06/2026, inclusive |
| Fecha límite de adhesión | 30 de octubre de 2026 |
| Vía de adhesión | Portal ARCA con Clave Fiscal |
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